DERECHO DE ACCESO

La Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, reconoce el derecho de la ciudadanía a solicitar cualquier información que obre en poder de las instituciones y organizaciones públicas como consecuencia del desarrollo de sus funciones. El derecho de acceso podrá ser limitado en los supuestos que contempla la Ley en sus artículos 14 y 15. Entre otros: Seguridad Nacional, Defensa, Política económica y monetaria, para la protección de datos de carácter personal, etc.

MEDIOS PARA SOLICITAR INFORMACIÓN Y PROCEDIMIENTO

Si quiere ejercer su derecho de acceso a la información sobre cuestiones relacionadas con Alta Velocidad Alicante Nodo de Transporte S.A., descargue el siguiente formulario, cumpliméntelo, fírmelo y envíelo

  • Por correo electrónico:  [email protected]  Para facilitar la localización de la solicitud, se ruega que en el asunto del correo se indique: “Solicitud de acceso a información pública Ley de Transparencia 19/2013”
  • Presencialmente, en las oficinas de AVANT S.A. Avenida de Salamanca 14, 4ª planta
  • Por correo postal a la dirección Avenida de Salamanca 14, 4ª planta CP 03005 (Alicante)

 

Procedimiento

  • Plazo de resolución por el órgano competente de La Sociedad: un mes desde la fecha de entrada de la solicitud.  Se podrá ampliar otro mes dependiendo de la complejidad o volumen de la información solicitada, lo que habrá de ser comunicado al solicitante.
  • Recursos: Contra la resolución podrá interponerse recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa. De manera voluntaria, podrá interponer previamente reclamación ante esta Sociedad.

Otras causas de inadmisión: Cuando la información solicitada se encuentra en curso de elaboración o de publicación general. Cuando la información solicitada tenga carácter auxiliar o de apoyo.  Que sea manifiestamente repetitiva o tengan un carácter abusivo no justificado.

Por el momento, Alta Velocidad Alicante Nodo de Transporte S.A.  no ha adoptado resoluciones denegatorias.